Publicada la Orden que define las explotaciones de avicultura de carne para el plan de Seguros Agrarios
Orden AAA/2929/2015, de 17 de diciembre, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, las fechas de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado aviar de carne, comprendido en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Este plan de Seguros está destinados a las granjas aviares para engorde de pollos, pavos y codornices clasificándolos como clase I (pollos), clase II (pavos) y Clase III (codornices) y no siendo válido por tanto a explotaciones ganaderas aviares de carne de otras especies productivas.
Para el seguro se tendrá en cuenta el sistema de manejo de los animales dependiendo del tipo de instalaciones y control ambiental y se deben cumplir evidentemente todos los requisitos legales, así como programas sanitarios y control de las densidades establecidas en la Orden.
El porcentaje de indemnización varía entre el 26,7% sobre el valor unitario máximo en el primer día de vida hasta el 100% en el pollo por ejemplo y es diferente según la especie aviar (7,4% hasta 100% en pavos) debido a causas climáticas variando en otros factores que son objeto de indemnización, como la influenza aviar o Newcastle.