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Adhesión del COAG al código de buenas prácticas mercantiles en la contratación alimentaria

COAG se adhiere al código BPM en la contratación alimentaria

COAG y el código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria

El Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria aparece recogido en la Ley 12/2013[1] como un elemento de autorregulación que acordarán el MAGRAMA, en colaboración en su caso con el Ministerio de Economía y Competitividad y las CCAA, con las organizaciones y asociaciones, de ámbito superior supraautonómico, representativas de la producción, industria y distribución. La adhesión de los operadores al mismo es voluntaria. También pueden adherirse al Código, con carácter institucional, organizaciones o asociaciones, de ámbito supra autonómico, representativas de los intereses de productores, transformadores, comercializadores, industriales y empresas de la distribución, sin que por ello queden vinculados sus asociados.

Elementos positivos del Código

Elementos a mejorar en el Código

COAG considera que hay elementos en el Código que han de mejorarse:

[1] Título III, Capítulo I, Artículos 15,16 y 17.

[2] La adhesión al código es voluntaria y debería haber supuesto unos compromisos más allá de los marcados por la ley, donde se quedan en muchos casos, en aras de la sostenibilidad y buen funcionamiento de la cadena. La producción ha visto diluidas sus propuestas iniciales en asuntos clave como las promociones, plazos de pago o la venta a pérdidas.

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